Te explicamos los principales requisitos para que tu vivienda de El Prat de llobregat, obtenga este documento, necesario para alquilar o vender y para dar de alta la luz, el gas, el agua y otros suministros.
Según el DECRETO 141/2012, de 30 de octubre, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y la cédula de habitabilidad, a grandes rasgos una vivienda debe cumplir los siguientes requisitos para ser considerada habitable:
Habitabilidad y ocupación: - La vivienda debe tener una superficie útil de, como mínimo, 36 m².
- Debe constar al menos de una estancia o sala de estar-comedor, una cámara higiénica y un equipo de cocina.
- Si la sala es un único espacio, debe ser posible la compartimentación de una habitación de 8 m².
- Si no hay un único espacio, la habitación mínima debe ser de 6 m².
- La altura mínima habitable debe ser entre el pavimento acabado y el techo de 2,5m. Sin embargo, en la cocina, baños y espacios de circulación, puede ser de 2,20m y en el comedor, sala de estar y habitaciones pueden admitirse, excepcionalmente, 2,30 para el paso de instalaciones y elementos estructurales.
Sostenibilidad y ahorro energético: - Las viviendas tienen que estar pensadas para aprovechar las condiciones naturales del clima y cumplir los criterios vigentes en materia de eficiencia energética.
Compartimentación: - La compartimentación es libre pero debe permitir que los espacios destinados a las habitaciones puedan independizarse y que los destinados a cámaras higiénicas sean independientes.
- Ningún espacio de la vivienda puede servir de acceso obligado a cualquier local que no sea de uso exclusivo de la propia casa.
- Los cuartos de baño no pueden servir de paso obligado al resto habitaciones. En caso de quererlo, solo se admite tener un lavamanos en un espacio de circulación.
Accesibilidad: - Cualquier vivienda tienen que ser, como mínimo, practicable y en caso de tener diferentes pisos o niveles, hay que garantizar un acceso practicable al cuarto de baño, la cocina, el espacio de uso común y una habitación.
- La puerta de acceso a la vivienda y las de los espacios básicos deben tener una anchura mínima de paso de 0,80 m y una altura libre mínima de 2 m. Las puertas de acceso a los espacios de la vivienda que no sean practicables deben tener una anchura libre mínima de paso de 0,70 m y una altura libre mínima de 2 m.
- Los espacios interiores destinados a la circulación que conecten el acceso a la vivienda y los espacios practicables deben tener una anchura mínima de un metro y permitir un círculo de maniobra de un metro y 1,20m. diámetro.
Otros aspectos necesarios que deben tener las viviendas: - Servicios de agua fría y caliente, evacuación de aguas y electricidad.
- Un equipo higiénico formado, como mínimo, por un lavamanos, un inodoro y una ducha.
- Un equipo de cocina formado, como mínimo, por un fregadero y un aparato de cocción, y con un sistema específico de extracción mecánica sobre el aparato de cocción que permita la extracción de vahos y humos hasta la cubierta.
- La instalación completa para un equipo de lavado de ropa.
- Un portero electrónico o sistema similar que facilite la entrada y permita la comunicación interactiva desde el acceso al edificio con la vivienda.
- Un sistema de acceso a los servicios de telecomunicaciones.
- Una fachada abierta al espacio libre exterior del edificio que ofrezca ventilación e iluminación, como mínimo, a uno de los espacios de la zona de uso común de la vivienda. Cada habitación tiene que prever un espacio individual de almacenaje.
Publicado en Vivienda Escrito por Ester Castanyer Fecha de publicación January 17, 2014