Trámite de etiquetas energéticas, cédulas de habitabilidad y ITE
Ponga al día y en regla su vivienda. En IMOPRAT te asesoramo sobre los derechos y deberes del propietario.
Certificados Energético: Desde el 1 de junio de 2013 las viviendas en venta o en alquiler deben disponer de un certificado de eficiencia energética. Este certificado energético especifica con letras, de la A a la G, el nivel de emisiones de CO2.
Cédula de Habitabilidad: Es un documento que recoge si la finca elegida es la idónea para el uso que se pretende dar a la vivienda. Debe elaborarse antes de la ocupación de una vivienda de nueva construcción. Es imprescindible para la obtención de una hipoteca.
Inspección Técnica de Edificios (ITE): Es la inspección por la que tiene que pasar todo edificio con una antigüedad determinada con el fin de valorar si reúne todos los requisitos de seguridad. Una vez el edificio haya superado el medio siglo de antigüedad estará obligado a pasar la ITE, al menos, cada 10 años.
Cédula de Habitabilidad: Es un documento que recoge si la finca elegida es la idónea para el uso que se pretende dar a la vivienda. Debe elaborarse antes de la ocupación de una vivienda de nueva construcción. Es imprescindible para la obtención de una hipoteca.
Inspección Técnica de Edificios (ITE): Es la inspección por la que tiene que pasar todo edificio con una antigüedad determinada con el fin de valorar si reúne todos los requisitos de seguridad. Una vez el edificio haya superado el medio siglo de antigüedad estará obligado a pasar la ITE, al menos, cada 10 años.